Las normas de convivencia son normas interpersonales que se mantienen en cualquier contexto, en este caso el escolar. Las normas deben ser aceptadas por todos los miembros del grupo de forma explícita, entender la diversidad y aceptarla, la responsabilidad, el compromiso y la equidad.
Estas normas están marcadas y aceptadas socialmente. Cuando una norma de convivencia se vulnera genera un shock y se da el conflicto. La escuela es un microsistema social por lo que es muy importante trabajar las normas de convivencia y deben estar muy bien delimitadas, las cuales se plantean desde el ministerio de educación.
En el Preámbulo I de la LOMCE se cita que en la Constitución española uno de los objetivos es que la educación se siente bajo los principios de democracia y de convivencia, es decir, otorga la responsabilidad al sistema educativo de promover estos principios.
La misma LOMCE en el artículo dos establece el desarrollo de los hábitos de convivencia, pues la convivencia necesita el desarrollo de uno hábitos rutinarios para que puedan convivir todos juntos.
Asimismo en el artículos 120 plantea que en el proyecto educativo se deben desarrollar las normas de convivencia que deben ser elaboradas por cada colegio. Esas normas de convivencia deben ser consensuadas pro toda la colectividad educativa además de visibilizadas. Deben especificar además las medidas preventivas y correctivas ante los problemas de convivencia. Se deben promover actividades que fomente el buen clima en la comunidad escolar.
Los planes de convivencia deben señalar cuales son los derechos y deberes de los alumnos, además de destacar las medidas aplicables en caso de su incumplimiento clasificadas en tres formas: intervención, corrección y sanción. Generalmente estas medidas suelen
subsanarse con facilidad.
Para hacer una suspensión dentro
de una escuela privada debe ser ya una medida muy grave y firmada por el
inspector.
Deben tenerse también en cuenta a la hora de resolver un problema las emociones y características del alumno. La forma de abordarlo no puede ser la misma para todos los alumnos aunque la sanción si lo sea.
Las medidas correctoras tendrán un carácter educativo y recuperador, deberán garantizar el respeto a los derechos del resto de los alumnos y alumnas y procurarán la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
Por tanto, las medidas correctoras dependerán del tipo de sanción y de conducta que se muestre.
Dentro de la convivencia las decisiones deben ser tomadas por el equipo directivo y los profesores aunque como ya hemos dicho anteriormente si se trata de una suspensión deben llamar al inspector periférico de la zona.
El artículo 127 de la LOMCE también plantea en las competencias del consejo escolar que deben definir cuales son las medidas de intervención ante las vulneraciones de las normas de convivencia.
En el artículo 132 sobre las competencias del director muestra su obligación a favorecer la convivencia del centro.
En el Decreto 3/2008 sobre la convivencia escolar se sustenta en los principios de la ley orgánica de educación, en acuerdo a la autonomía de las instituciones educativas para elaborar estas normas de convivencia, a la autoridad educativa y la responsabilidad del profesorado y al ejercicio del cumplimiento de los deberes por parte de los estudiantes en colaboración con la familia y la comunidad.
Este decreto tiene como objetivo marcar un marco normativo de convivencia válido para los centros públicos y privados no universitarios, es decir, como actuar. Otro de los objetivos es la creación de un observatorio de convivencia escolar de Castilla-La Mancha con órgano consultivo y de apoyo a la convivencia.
Señala además que los medias de actuación están sostenidas por la declaración de los derechos humanos y en los tratados internacionales sobre la convivencia. Los principios que sigue son:
- Respeto por los derechos y deberes.
- El derecho a la educación en un clima de respeto mutuo.
- El desarrollo global de la educación en valores como una medida preventiva antes los problemas de convivencia.
- La mediación escolar para la resolución de conflictos.
- El establecer niveles de responsabilidad a la Conserjería de Educación y centros escolares.
El trabajo de la convivencia en la escuela tiene un carácter transversal, lo que quiere decir que no hay una asignatura específica por lo que se debe trabajar en todos los momentos de la vida escolar en cada una de las áreas. Se debe promover el ejercicio de la convivencia, del trabajo en grupo, de las condiciones que se hacen en los colegios con los propios alumnos para que tengan determinadas responsabilidades promoviendo el buen clima escolar, que los niños participen en el establecimiento de las normas de convivencia además de seguir las generales del centro publicando todas ellas en el aula.
Por otra parte medidas organizativas y de coordinación de equipos docentes, lo que es realizar actividades que promuevan el desarrollo de la convivencia. También contar con medidas que promuevas en los profesores en diseño de estas actividades, la difusión de protocolos de actuación, establecimiento de redes de decisión y campañas de sensibilización.
Todo ello promueve crear un clima mediante los procesos de enseñanza-aprendizaje que promueva la educación e valores de respeto de los derechos humanos y el ejercicio de una cultura ciudadana democrática.
Asimismo, debemos tener en cuenta la carta de convivencia que contiene los principios que contempla la organización para valorar sus planes de convivencia, establecidos los dderechos y obligaciones de los alumnos, familias y profesores. Es decir, dejar explícitas las normas de convivencia.
Estas normas de convivencias deben incluir:
- Identificación y explicitación recogido en el proyecto educativo.
- Criterios comunes y elementos básicos y responsables de su aplicación.
- Derechos y obligaciones de los miembros de la comunidad educativa.
- Medidas preventivas y correctivas ante conductas contrarias a las normas d e convivencia.
- Procedimientos y equipos de mediación.
- Los criterios establecidos entre el claustro para el funcionamiento de la organización del centro.
- Normas para el uso de los espacios y tiempos de las instalaciones del centro.
- Los procedimientos de la comunicación con las familias.
Las normas de convivencia son elaboradas pro todo el centro educativo pero el Equipo Directivo es quien la informa. Además, debemos tener en cuenta la mediación escolar que es un método de resolución de conflictos, en el que mediante la intervención imparcial de una tercera persona se ayuda a las partes implicadas a alcanzar por sí misma un encuentro satisfactorio. Puede utilizarse como medida preventiva, de reparación o reconciliación. No aplicada en casos de conductas graves.
En algunos centros para encargarse de la mediación, se crean patrullas escolares formadas por los propios alumnos para solucionar los problemas. Existen también comisiones formadas por los alumnos y son dirigidas por el departamento de orientación.
Los criterios de aplicación de las medidas correctoras serán:
- El nivel y etapa escolar, circunstancias personales, familiares y sociales.
- Las medidas correctoras deben ser proporcionales a la gravedad de las conductas presentadas y que tenga repercusión favorable en la comunidad educativa.
- Ninguna medida puede atentar contra la integridad física y la dignidad personal del estudiante.
- Debe preservarse el derecho a la educación y a la escolaridad. De acuerdo a la gravedad se asignarán tareas fuera del aula o del centro.
- Las sanciones no pueden aplicarse sin testigos.
CONCLUSIÓN: La escuela es un lugar de convivencia en el que participan alumnos, docentes, personal de trabajo y familias. Todos debemos trabajar para que la escuela sea un espacio en el que todo funcione y se exista un ambiente armonioso basado en el respeto y la educación en el que todos convivan sin ningún problema, en el que no existan alumnos con miedo asistir a la escuela.
Fuente: Power Point de Isabel María Gómez, profesora del departamento de Pedagogía de la facultad de Educación de Albacete. UCLM.
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